Cambio de Titularidad de Vehículos en la DGT: Guía Completa de Documentos y Tasas
Resumen rápido (TL;DR): <blockquote>El cambio de titularidad de un vehículo es el proceso administrativo que transfiere la propiedad de un coche, moto o cualquier otro vehículo de un vendedor a un comprador, registrando esta nueva situación en la Dirección General de Tráfico (DGT). Es un trámite obligatorio y esencial para que el nuevo propietario asuma todas las responsabilidades legales y fiscales asociadas al vehículo, y para que el anterior propietario quede eximido de ellas. Implica la presentación de documentación específica y el pago de tasas a la DGT y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) a la Hacienda autonómica.</blockquote>
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¿Qué es el Cambio de Titularidad de Vehículos?
El cambio de titularidad de vehículos, también conocido como transferencia de vehículos, es el procedimiento administrativo mediante el cual se inscribe en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico (DGT) el cambio de propietario de un vehículo. Este trámite es de obligado cumplimiento cada vez que un vehículo cambia de manos, ya sea por compraventa, donación, herencia o cualquier otra transmisión de la propiedad. Su correcta realización garantiza la seguridad jurídica tanto del vendedor como del comprador.
Cuando usted adquiere un vehículo, ya sea nuevo o de segunda mano, es fundamental que la titularidad del mismo se actualice en los registros oficiales. Imagínese que compra un coche y no realiza este trámite: para la DGT, el vehículo seguiría perteneciendo al anterior dueño. Esto podría acarrear graves problemas, como que las multas sigan llegando al antiguo propietario o que usted no pueda realizar otros trámites futuros con el vehículo, como pasar la ITV o darlo de baja definitiva. Es, en esencia, la formalización legal de la compra o adquisición de un vehículo en España.
Este proceso es más que un simple papeleo; es la base para asegurar que la responsabilidad civil, fiscal y administrativa sobre el vehículo recaiga sobre la persona correcta. Sin este cambio, el antiguo propietario podría seguir siendo responsable de impuestos, sanciones o incluso accidentes en los que se vea involucrado el vehículo, aun cuando ya no sea suyo. Por ello, entender y ejecutar correctamente este trámite es vital para su tranquilidad y la del vendedor.
¿Por Qué es Crucial Realizar el Cambio de Titularidad Correctamente?
Realizar el cambio de titularidad de un vehículo de forma correcta y en el plazo establecido no es solo una obligación legal, sino una medida de protección fundamental para ambas partes implicadas: el vendedor y el comprador. Ignorar o retrasar este trámite puede acarrear serias consecuencias y dolores de cabeza que queremos que usted evite a toda costa.
### Para el Comprador:
- Asunción de la Propiedad Legal: Solo con el cambio de titularidad, usted se convierte legalmente en el propietario del vehículo. Esto le permite realizar cualquier trámite futuro, como pasar la ITV, contratar un seguro a su nombre, venderlo en el futuro o darlo de baja.
- Evitar Problemas con Sanciones y Responsabilidades: Si el vehículo sigue a nombre del anterior propietario, cualquier multa de tráfico, impuesto de circulación (IVTM) o incluso responsabilidades derivadas de un accidente podrían serle reclamadas a usted, pero el anterior dueño podría tener dificultades para desvincularse.
- Acceso a Ayudas y Subvenciones: Para acceder a programas de ayudas a la compra de vehículos o para la instalación de puntos de recarga, es indispensable ser el titular legal del vehículo.
### Para el Vendedor:
- Exención de Responsabilidades: Una vez que el cambio de titularidad se ha completado, usted deja de ser el responsable legal del vehículo. Esto significa que ya no recibirá multas, no tendrá que pagar el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del año siguiente ni será responsable de cualquier incidente que el vehículo pueda causar bajo la titularidad del nuevo dueño.
- Evitar Embargos y Cargas: Si el nuevo propietario acumula deudas o multas y el vehículo sigue a su nombre, las autoridades podrían intentar embargar el vehículo o imponer cargas sobre él, afectando su historial y patrimonio.
- Tranquilidad: Saber que el trámite está finalizado y que ha cumplido con sus obligaciones le proporciona una gran tranquilidad.
En resumen, la correcta y pronta gestión del cambio de titularidad es una inversión en su seguridad jurídica y económica. No deje que un simple trámite se convierta en una fuente de problemas futuros.
Documentación Necesaria para el Trámite
La preparación de la documentación es, sin duda, uno de los pilares fundamentales para que el cambio de titularidad se realice sin contratiempos. Tanto el vendedor como el comprador deben aportar una serie de documentos esenciales. Asegúrese de tener todo en regla antes de iniciar el proceso.
### Documentación General (para ambas partes):
* Impreso de Solicitud de Cambio de Titularidad del Vehículo: Este formulario oficial de la DGT debe estar debidamente cumplimentado y firmado por el comprador y el vendedor. Puede descargarlo desde la web de la DGT. * Identificación del Vendedor y Comprador: * Personas Físicas: DNI, permiso de conducir español, tarjeta de residencia o pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros (NIE). * Personas Jurídicas (Empresas): Tarjeta de identificación fiscal (CIF) de la sociedad y DNI del representante o apoderado, junto con documento que acredite la representación (escritura de poderes, etc.).
### Documentación Específica del Vehículo:
- Permiso de Circulación: El original del permiso de circulación del vehículo. En este documento se anotará el cambio de titularidad o se emitirá uno nuevo.
- Tarjeta de Inspección Técnica (ITV) y Ficha Técnica: El original de la tarjeta de ITV con el último informe de inspección favorable. Es imprescindible que el vehículo tenga la ITV en vigor.
- Justificante de Pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) o Exención: Este impuesto se paga en la Delegación de Hacienda de su Comunidad Autónoma. Deberá presentar el modelo 620 o 621 (según la CCAA) sellado o el justificante de su exención (por ejemplo, entre familiares directos en algunos casos, o si el vendedor es un profesional del sector y aplica el IVA).
### Documentación Adicional (según el caso):
- Contrato de Compraventa: Original y fotocopia del contrato de compraventa firmado por ambas partes. Debe incluir la fecha, hora de la venta, datos del vehículo y de los intervinientes, y el precio. Es crucial que la fecha y hora se especifiquen para delimitar responsabilidades.
- Mandato de Representación: Si el trámite lo realiza una persona autorizada en nombre del comprador o vendedor, deberá presentar un documento de autorización firmado por el interesado y una fotocopia de su DNI.
Para facilitar la comprensión, aquí tiene un resumen de la documentación clave:
| Documento | Vendedor | Comprador | Notas |
| :----------------------------- | :-------------------------- | :-------------------------- | :--------------------------------------------- |
| Solicitud de Cambio Titularidad | Firma | Firma | Formulario oficial de la DGT |
| DNI/NIE/CIF | Original y fotocopia | Original y fotocopia | Para identificación de las partes |
| Permiso de Circulación | Original | Original | Se actualizará con el nuevo titular |
| Tarjeta ITV y Ficha Técnica | Original | Original | ITV en vigor es obligatoria |
| Justificante ITP | Original (o exención) | Pagado en Hacienda Autonómica (Modelo 620/621) | |
| Contrato de Compraventa | Original y fotocopia | Original y fotocopia | Esencial para la seguridad jurídica |
| Mandato de Representación | Si aplica | Si aplica | Para gestiones a través de terceros |
Importante: Asegúrese de que el vehículo no tenga deudas, multas pendientes, precintos o embargos. Puede solicitar un informe de vehículo en la DGT antes de la compra para verificar su estado administrativo.
Tasas e Impuestos Asociados al Cambio de Titularidad
Además de la documentación, el cambio de titularidad implica el pago de dos conceptos económicos fundamentales: la tasa de la DGT y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). Conocerlos y abonarlos correctamente es vital para la finalización exitosa del trámite.
### 1. Tasa de la DGT (Tasa 1.5)
Esta es la tasa que se abona directamente a la Dirección General de Tráfico por la realización del trámite administrativo. Su importe es fijo y se actualiza anualmente en los Presupuestos Generales del Estado. En general, el pago de esta tasa suele correr a cargo del comprador del vehículo.
* Importe: Para turismos, autobuses, camiones, motocicletas y quads, el importe es el establecido para la Tasa 1.5 (consulte la web de la DGT para el importe exacto y actualizado, que suele rondar los 55-60 euros). * Vehículos Especiales: Para ciclomotores, la tasa es inferior (Tasa 1.2, aproximadamente 28-30 euros). * ¿Dónde y Cómo Pagarla? * Online: A través de la Sede Electrónica de la DGT, con tarjeta de crédito/débito o cargo en cuenta bancaria. * Presencialmente: En cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico, preferiblemente con tarjeta de crédito/débito. Algunas oficinas permiten el pago en efectivo en bancos asociados.
### 2. Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)
Este impuesto es el más significativo en términos económicos y su gestión corresponde a la Hacienda de cada Comunidad Autónoma. Es un impuesto que grava la transmisión de bienes, y en el caso de vehículos, se aplica sobre el valor de venta o el valor fiscal del vehículo, el que sea mayor.
* ¿Quién lo Paga? El comprador del vehículo. * ¿Dónde se Paga? En la Delegación de Hacienda de la Comunidad Autónoma donde resida el comprador, o a través de sus plataformas telemáticas. El modelo a cumplimentar es el Modelo 620 o Modelo 621 (según la Comunidad Autónoma). * Cálculo del ITP: * El importe del ITP se calcula aplicando un porcentaje (generalmente entre el 4% y el 8%, dependiendo de la Comunidad Autónoma) sobre el valor fiscal del vehículo. Este valor fiscal se determina a partir de unas tablas de valoración publicadas anualmente por el Ministerio de Hacienda, que tienen en cuenta la marca, modelo, versión y antigüedad del vehículo. * Si el precio de venta acordado en el contrato es superior al valor fiscal, el impuesto se calculará sobre el precio de venta. * Excepciones y Particularidades: * Vehículos Nuevos o de Empresas (Profesionales): Si el vendedor es un profesional (concesionario) y el vehículo se vende con IVA, no se paga ITP. En su lugar, se aplica el IVA. * Donaciones y Herencias: Tienen su propia tributación específica (Impuesto de Sucesiones y Donaciones), no el ITP.
Ejemplo Práctico de ITP: Si compra un coche cuyo valor fiscal según las tablas de Hacienda es de 10.000€ y en su Comunidad Autónoma el tipo impositivo del ITP es del 6%, deberá abonar 600€ en concepto de ITP. Si el precio de venta acordado en el contrato es de 12.000€, el ITP se calcularía sobre los 12.000€, resultando en 720€.
Es fundamental abonar estos impuestos y tasas antes de acudir a la DGT, ya que el justificante de pago del ITP es un documento indispensable para completar el cambio de titularidad.
Pasos para Completar el Cambio de Titularidad en la DGT
Una vez que tiene toda la documentación preparada y los impuestos abonados, el proceso de cambio de titularidad se vuelve mucho más fluido. Aquí le detallamos los pasos a seguir para completar el trámite en la DGT:
### Paso 1: Preparación Previa (Vendedor y Comprador)
- Contrato de Compraventa: Redactar y firmar el contrato de compraventa. Asegúrese de incluir la fecha y hora de la entrega del vehículo. Esto es vital para delimitar responsabilidades.
- Informe de Vehículo (Recomendado): El comprador debe solicitar un informe de vehículo a la DGT para verificar que no existen cargas, precintos, embargos o multas pendientes sobre el vehículo.
- Pago del ITP: El comprador debe liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en la Delegación de Hacienda de su Comunidad Autónoma (Modelo 620 o 621). Guarde el justificante de pago o exención.
- Pago de la Tasa DGT: El comprador debe abonar la Tasa 1.5 de la DGT (o 1.2 para ciclomotores) preferiblemente online o en una Jefatura de Tráfico.
### Paso 2: Solicitud del Cambio de Titularidad en la DGT
Existen varias vías para presentar la solicitud:
#### Opción A: A Través de Internet (Recomendado)
La DGT ha habilitado un servicio online que permite realizar el cambio de titularidad de forma telemática, siempre y cuando se disponga de certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN.
- Acceso a la Sede Electrónica: Vaya a la Sede Electrónica de la DGT (dgt.es) y busque el trámite de 'Cambio de titularidad - Notificación de venta'.
- Identificación: Identifíquese con su certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
- Cumplimentación: Rellene el formulario con los datos del comprador, vendedor y vehículo.
- Adjuntar Documentación: Suba los documentos escaneados (contrato de compraventa, justificante ITP, DNI/NIE de ambas partes, permiso de circulación, ITV).
- Pago de la Tasa: Si no la ha pagado previamente, podrá hacerlo en este momento.
- Confirmación: Una vez completado, recibirá un justificante y, posteriormente, el nuevo permiso de circulación en su domicilio.
#### Opción B: Presencialmente en una Jefatura u Oficina de Tráfico
- Cita Previa: Es imprescindible solicitar cita previa a través de la web de la DGT o llamando al 060. Sin cita, no le atenderán.
- Acudir a la Cita: Presentarse en la Jefatura u Oficina de Tráfico en la fecha y hora asignadas con toda la documentación original y fotocopias.
- Presentación de Documentos: Entregue toda la documentación requerida al funcionario de la DGT.
- Verificación y Emisión: El funcionario verificará la documentación y, si todo está correcto, procederá a expedirle un nuevo permiso de circulación a nombre del comprador. En algunos casos, se le entregará un permiso provisional y el definitivo se enviará por correo.
### Paso 3: Verificación y Recepción del Nuevo Permiso de Circulación
Una vez que la DGT ha procesado el cambio, se emitirá un nuevo Permiso de Circulación a nombre del comprador. Este documento es la prueba fehaciente de la nueva titularidad del vehículo.
- Si lo hizo online: El nuevo permiso se enviará por correo postal al domicilio del comprador en un plazo de unos días.
- Si lo hizo presencialmente: En muchas ocasiones, se lo entregarán en el acto. Si no, también se enviará por correo.
¡Atención! Es responsabilidad del comprador asegurarse de que el cambio de titularidad se ha completado y que el nuevo Permiso de Circulación está a su nombre. El vendedor, por su parte, puede solicitar una 'notificación de venta' a la DGT para dejar constancia de que ha vendido el vehículo y desvincularse de él, incluso si el comprador aún no ha realizado la transferencia.
Errores Comunes y Consejos para un Trámite Exitoso
El proceso de cambio de titularidad, aunque directo, puede presentar algunas trampas si no se abordan con el debido cuidado. Conocer los errores más comunes y seguir algunos consejos clave le ayudará a evitar demoras y problemas.
### Errores Comunes a Evitar:
- No Firmar el Contrato de Compraventa Correctamente: Un contrato incompleto o sin fecha y hora de entrega puede generar disputas sobre la responsabilidad de multas o incidentes ocurridos justo antes o después de la venta.
- No Pagar el ITP o la Tasa DGT Previamente: Acudir a la DGT sin el justificante de pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) o sin haber abonado la tasa de Tráfico es un error frecuente que paralizará el trámite.
- Vehículo con Cargas o Restricciones: No solicitar un informe de vehículo previo a la compra puede llevar a adquirir un coche con embargos, precintos, multas pendientes o reservas de dominio, lo que impedirá la transferencia hasta que se resuelvan.
- ITV Caducada o Desfavorable: La DGT no realizará el cambio de titularidad si el vehículo no tiene la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) en vigor y con resultado favorable.
- No Solicitar Cita Previa: Intentar realizar el trámite presencialmente sin cita previa es una pérdida de tiempo, ya que no será atendido.
- Dejar la Transferencia en Manos del Comprador (Vendedor): El vendedor no debe confiar ciegamente en que el comprador realizará el trámite. Es recomendable que el vendedor presente una 'notificación de venta' en la DGT para desvincularse rápidamente.
- Documentación Incorrecta o Incompleta: Errores en los datos del formulario, fotocopias ilegibles, DNI caducado o falta de algún documento esencial son motivos de denegación.
### Consejos para un Trámite Exitoso:
- Sea Proactivo: Tanto vendedor como comprador deben involucrarse activamente en el proceso. No espere a que la otra parte lo haga todo.
- Verifique el Estado del Vehículo: Antes de la compra, solicite siempre un informe detallado del vehículo a la DGT. Le informará sobre cargas, historial de propietarios, ITV, etc.
- Contrato Claro y Detallado: Redacte un contrato de compraventa exhaustivo que incluya todos los datos del vehículo, precio, fecha y hora de entrega, y datos completos de ambas partes.
- Conserve Todos los Justificantes: Guarde copias de toda la documentación presentada, especialmente el contrato de compraventa y los justificantes de pago de tasas e impuestos.
- Utilice la Sede Electrónica: Si tiene certificado digital o Cl@ve, la vía online es la más cómoda y rápida para realizar el trámite, evitando desplazamientos y esperas.
- Plazos: El comprador tiene un plazo de 30 días desde la fecha del contrato para realizar el cambio de titularidad. El vendedor puede notificar la venta en un plazo de 10 días.
- Asesoramiento Profesional: Si el trámite le resulta complejo o no dispone de tiempo, considere la opción de recurrir a una gestoría administrativa. Ellos se encargarán de todo el papeleo por usted, aunque esto implicará un coste adicional.
Siguiendo estos consejos, el cambio de titularidad de su vehículo será un proceso sencillo y libre de preocupaciones, permitiéndole disfrutar de su nueva adquisición con total tranquilidad.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para realizar el cambio de titularidad?expand_more
El comprador dispone de 30 días naturales desde la fecha del contrato de compraventa para realizar el cambio. El vendedor, por su parte, puede notificar la venta en un plazo de 10 días.
¿Qué ocurre si no hago el cambio de titularidad?expand_more
Si no se realiza, el antiguo propietario seguirá siendo el responsable legal del vehículo (multas, impuestos). El nuevo propietario no podrá realizar trámites como la ITV o vender el vehículo.
¿Puedo hacer el trámite online?expand_more
Sí, la DGT permite realizar el cambio de titularidad online a través de su Sede Electrónica, siempre que disponga de certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN.
¿Quién paga el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)?expand_more
El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) es responsabilidad del comprador del vehículo y se abona en la Delegación de Hacienda de su Comunidad Autónoma.
¿Necesito cita previa para ir a la DGT?expand_more
Sí, es imprescindible solicitar cita previa a través de la web de la DGT o llamando al 060 si desea realizar el trámite de forma presencial en una Jefatura u Oficina de Tráfico.
Fuentes oficiales consultadas
- DGT Sede Electrónica — Normativa y Trámites Oficiales de Tráfico
- Real Decreto 818/2009 — Reglamento General de Conductores (BOE)
Revisado por Manuel García (Profesor de Formación Vial DGT) · Actualizado: julio 2026