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Normativa y Sanciones
schedule7 min
9 sept 2026

Uso de pantallas táctiles y navegadores GPS en marcha: Infracción y puntos

verifiedRevisado por Manuel García (Profesor DGT)
Resumen rápido (TL;DR): Manipular navegadores GPS, teléfonos móviles o pantallas táctiles del sistema multimedia del vehículo mientras se conduce está tipificado como infracción grave en la Ley de Tráfico. Si se manipula el GPS o pantalla en marcha la sanción es de 200 euros y 3 puntos del carnet; si se sujeta el teléfono móvil con la mano, la retirada asciende a 6 puntos automáticos y 200 euros de multa, incluso estando detenido ante un semáforo en rojo.

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¿Qué prohíbe la DGT respecto a las pantallas y dispositivos electrónicos?

La normativa sobre uso de dispositivos electrónicos durante la conducción regulada en el artículo 76 de la Ley de Seguridad Vial y en el Reglamento General de Circulación prohíbe taxativamente la utilización o manipulación manual de dispositivos de telefonía móvil, navegadores GPS, tabletas o cualquier otro medio o sistema de comunicación mientras el vehículo se encuentre en circulación.

La ley diferencia con contundencia entre mirar una pantalla fijada en un soporte homologado para seguir una ruta satelital (permitido) y teclear destinos o manipular controles digitales mientras se rueda (prohibido).

¿Por qué se endurecieron las sanciones a 6 puntos?

La proliferación de las pantallas táctiles gigantescas en los salpicaderos modernos ha creado una epidemia de distracciones viales:

  • El secuestro de la mirada: Ajustar el climatizador o introducir una dirección en una pantalla táctil requiere desviar la vista entre 3 y 8 segundos completos.
  • A 120 km/h se recorren 33 metros por segundo: Mirar la pantalla 4 segundos equivale a cruzar a ciegas la longitud de un campo y medio de fútbol.
  • Falsa sensación de control: Muchos conductores creen falsamente que pueden teclear y mirar el tráfico con visión periférica, sufriendo pérdidas de carril involuntarias.

Tabla oficial de sanciones tecnológicas de la DGT (2026)

Conoce las multas y puntos aplicables a cada interacción tecnológica en el habitáculo:

Acción tecnológica del conductorSanción económicaPérdida de puntos del carnetCalificación legal
:---:---:---:---
Sujetar el teléfono móvil con la mano en marcha o en semáforo200 euros (100 € pronto pago)6 PUNTOSInfracción muy grave específica
Manipular el navegador GPS o pantalla táctil en movimiento200 euros (100 € pronto pago)3 PUNTOSInfracción grave
Conducir utilizando auriculares o cascos de audio200 euros (100 € pronto pago)3 PUNTOSInfracción grave
Llevar un inhibidor de radares instalado en el coche6.000 euros6 PUNTOSInfracción muy grave
Llevar un detector de radares en el coche (aunque no se use)500 euros3 PUNTOSInfracción grave
Llevar un avisador de radar en app (Waze/Google Maps)100% LEGAL0 puntos / 0 €Consulta de base de datos pública legal

Los avisadores de radar basados en mapas de radares fijos públicos de la DGT son totalmente legales; lo prohibido son los detectores que rastrean ondas policiales y los inhibidores.

Pasos prácticos para usar el GPS legalmente en tu viaje

Sigue este protocolo antes de poner el coche en marcha:

  1. Programa tu ruta con el vehículo estacionado: Introduce la dirección de destino antes de iniciar el viaje y con el freno de mano puesto.
  2. Coloca el teléfono en un soporte homologado: Ubícalo en las rejillas centrales o salpicadero, donde no reste visibilidad frontal a través del parabrisas y no tape ningún airbag.
  3. Activa las indicaciones por voz: Deja que el altavoz del coche o bluetooth te guíe sin necesidad de consultar el mapa constantemente con la vista.
  4. Si necesitas cambiar de ruta: Sal de la vía a una gasolinera o estacionamiento seguro antes de tocar la pantalla táctil.

Errores comunes: Mirar el móvil en un semáforo rojo

El error más extendido es consultar WhatsApp o notificaciones aprovechando la luz roja de un semáforo. La jurisprudencia de la DGT es unánime: la detención en un semáforo es una fase de la circulación; el vehículo sigue en marcha y el conductor está obligado a mantener la atención. Sujetar el móvil en el semáforo conlleva la misma multa de 200 euros y 6 puntos.

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Preguntas frecuentes

¿Me pueden quitar 6 puntos por mirar el móvil si el coche está parado en un semáforo?expand_more

Sí. Estar detenido en un semáforo en rojo forma parte de la circulación. Sujetar el teléfono móvil con la mano acarrea 200 euros de multa y 6 puntos en cualquier punto de la vía.

¿Es legal llevar el móvil en un soporte de ventosa en el parabrisas?expand_more

Es legal siempre que no obstaculice el campo de visión directo del conductor y no se toque ni manipule con las manos durante la marcha.

¿Qué diferencia hay entre un avisador de radar y un detector de radar?expand_more

El avisador utiliza bases de datos públicas por GPS (es 100% legal); el detector capta ondas de radar policiales (está prohibido, con multa de 500 € y 3 puntos).

¿Puedo usar auriculares inalámbricos de botón para escuchar música mientras conduzco?expand_more

No. Está prohibido utilizar auriculares o cascos conectados a reproductores de sonido mientras se conduce, con sanción de 200 euros y 3 puntos.

¿Puedo usar los controles del volante o comandos de voz para cambiar de canción?expand_more

Sí. El uso de comandos por voz o botones integrados en el volante está plenamente autorizado al no exigir retirar las manos del volante ni desviar la vista.

Fuentes oficiales consultadas

Revisado por Manuel García (Profesor de Formación Vial DGT)

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