Uso de pantallas táctiles y navegadores GPS en marcha: Infracción y puntos
Resumen rápido (TL;DR): Manipular navegadores GPS, teléfonos móviles o pantallas táctiles del sistema multimedia del vehículo mientras se conduce está tipificado como infracción grave en la Ley de Tráfico. Si se manipula el GPS o pantalla en marcha la sanción es de 200 euros y 3 puntos del carnet; si se sujeta el teléfono móvil con la mano, la retirada asciende a 6 puntos automáticos y 200 euros de multa, incluso estando detenido ante un semáforo en rojo.
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¿Qué prohíbe la DGT respecto a las pantallas y dispositivos electrónicos?
La normativa sobre uso de dispositivos electrónicos durante la conducción regulada en el artículo 76 de la Ley de Seguridad Vial y en el Reglamento General de Circulación prohíbe taxativamente la utilización o manipulación manual de dispositivos de telefonía móvil, navegadores GPS, tabletas o cualquier otro medio o sistema de comunicación mientras el vehículo se encuentre en circulación.
La ley diferencia con contundencia entre mirar una pantalla fijada en un soporte homologado para seguir una ruta satelital (permitido) y teclear destinos o manipular controles digitales mientras se rueda (prohibido).
¿Por qué se endurecieron las sanciones a 6 puntos?
La proliferación de las pantallas táctiles gigantescas en los salpicaderos modernos ha creado una epidemia de distracciones viales:
- El secuestro de la mirada: Ajustar el climatizador o introducir una dirección en una pantalla táctil requiere desviar la vista entre 3 y 8 segundos completos.
- A 120 km/h se recorren 33 metros por segundo: Mirar la pantalla 4 segundos equivale a cruzar a ciegas la longitud de un campo y medio de fútbol.
- Falsa sensación de control: Muchos conductores creen falsamente que pueden teclear y mirar el tráfico con visión periférica, sufriendo pérdidas de carril involuntarias.
Tabla oficial de sanciones tecnológicas de la DGT (2026)
Conoce las multas y puntos aplicables a cada interacción tecnológica en el habitáculo:
| Acción tecnológica del conductor | Sanción económica | Pérdida de puntos del carnet | Calificación legal |
| :--- | :--- | :--- | :--- |
| Sujetar el teléfono móvil con la mano en marcha o en semáforo | 200 euros (100 € pronto pago) | 6 PUNTOS | Infracción muy grave específica |
| Manipular el navegador GPS o pantalla táctil en movimiento | 200 euros (100 € pronto pago) | 3 PUNTOS | Infracción grave |
| Conducir utilizando auriculares o cascos de audio | 200 euros (100 € pronto pago) | 3 PUNTOS | Infracción grave |
| Llevar un inhibidor de radares instalado en el coche | 6.000 euros | 6 PUNTOS | Infracción muy grave |
| Llevar un detector de radares en el coche (aunque no se use) | 500 euros | 3 PUNTOS | Infracción grave |
| Llevar un avisador de radar en app (Waze/Google Maps) | ✅ 100% LEGAL | 0 puntos / 0 € | Consulta de base de datos pública legal |
Los avisadores de radar basados en mapas de radares fijos públicos de la DGT son totalmente legales; lo prohibido son los detectores que rastrean ondas policiales y los inhibidores.
Pasos prácticos para usar el GPS legalmente en tu viaje
Sigue este protocolo antes de poner el coche en marcha:
- Programa tu ruta con el vehículo estacionado: Introduce la dirección de destino antes de iniciar el viaje y con el freno de mano puesto.
- Coloca el teléfono en un soporte homologado: Ubícalo en las rejillas centrales o salpicadero, donde no reste visibilidad frontal a través del parabrisas y no tape ningún airbag.
- Activa las indicaciones por voz: Deja que el altavoz del coche o bluetooth te guíe sin necesidad de consultar el mapa constantemente con la vista.
- Si necesitas cambiar de ruta: Sal de la vía a una gasolinera o estacionamiento seguro antes de tocar la pantalla táctil.
Errores comunes: Mirar el móvil en un semáforo rojo
El error más extendido es consultar WhatsApp o notificaciones aprovechando la luz roja de un semáforo. La jurisprudencia de la DGT es unánime: la detención en un semáforo es una fase de la circulación; el vehículo sigue en marcha y el conductor está obligado a mantener la atención. Sujetar el móvil en el semáforo conlleva la misma multa de 200 euros y 6 puntos.
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Preguntas frecuentes
¿Me pueden quitar 6 puntos por mirar el móvil si el coche está parado en un semáforo?expand_more
Sí. Estar detenido en un semáforo en rojo forma parte de la circulación. Sujetar el teléfono móvil con la mano acarrea 200 euros de multa y 6 puntos en cualquier punto de la vía.
¿Es legal llevar el móvil en un soporte de ventosa en el parabrisas?expand_more
Es legal siempre que no obstaculice el campo de visión directo del conductor y no se toque ni manipule con las manos durante la marcha.
¿Qué diferencia hay entre un avisador de radar y un detector de radar?expand_more
El avisador utiliza bases de datos públicas por GPS (es 100% legal); el detector capta ondas de radar policiales (está prohibido, con multa de 500 € y 3 puntos).
¿Puedo usar auriculares inalámbricos de botón para escuchar música mientras conduzco?expand_more
No. Está prohibido utilizar auriculares o cascos conectados a reproductores de sonido mientras se conduce, con sanción de 200 euros y 3 puntos.
¿Puedo usar los controles del volante o comandos de voz para cambiar de canción?expand_more
Sí. El uso de comandos por voz o botones integrados en el volante está plenamente autorizado al no exigir retirar las manos del volante ni desviar la vista.
Fuentes oficiales consultadas
- DGT Sede Electrónica — Normativa y Trámites Oficiales de Tráfico
- Real Decreto 818/2009 — Reglamento General de Conductores (BOE)
Revisado por Manuel García (Profesor de Formación Vial DGT)