Cómo realizar la transferencia de un vehículo paso a paso: Guía definitiva DGT
Resumen rápido (TL;DR): <blockquote>La transferencia de un vehículo, técnicamente conocida como cambio de titularidad, es el proceso administrativo ante la DGT que acredita el cambio de dueño de un coche o moto. Para completarla, es necesario liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en tu Comunidad Autónoma y solicitar el cambio en la Jefatura de Tráfico o mediante gestoría.</blockquote>
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¿Qué es la transferencia de un vehículo?
La transferencia de un vehículo es el trámite administrativo obligatorio mediante el cual se modifica el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico (DGT) para inscribir a un nuevo propietario tras una compraventa. Este proceso es fundamental, ya que desvincula legalmente al vendedor de cualquier responsabilidad sobre el vehículo y otorga al comprador la titularidad plena y el derecho de circulación.
Al realizar este cambio, el vehículo queda registrado a nombre del nuevo dueño, lo cual es imprescindible para contratar seguros, pasar la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) y recibir posibles notificaciones de tráfico o sanciones. Sin la transferencia, el vehículo sigue figurando a nombre del antiguo dueño, lo que puede derivar en problemas legales graves para ambas partes.
¿Por qué es importante realizar el cambio de nombre correctamente?
Realizar la transferencia de un vehículo no es solo una cuestión burocrática, sino una medida de seguridad jurídica necesaria. Si no se formaliza el cambio de titularidad, el vendedor sigue siendo el responsable legal ante cualquier infracción, accidente o deuda vinculada al vehículo (como el Impuesto de Circulación o IVTM).
Para el comprador, la importancia radica en la capacidad de disponer libremente del bien. Un vehículo sin transferir no puede ser vendido nuevamente, no puede ser dado de baja y, en caso de siniestro, la aseguradora podría negarse a pagar la indemnización al no coincidir el tomador con el titular legal en Tráfico. A continuación, presentamos una tabla resumen de las responsabilidades principales:
| Parte | Responsabilidad Principal |
| :--- | :--- |
| Vendedor | Entregar el vehículo libre de cargas y notificar la venta. |
| Comprador | Pagar el ITP y solicitar el cambio de titularidad en la DGT. |
| Ambos | Firmar el contrato de compraventa y revisar el estado del vehículo. |
¿Cómo funciona el proceso de transferencia?
El proceso funciona bajo un sistema de control cruzado entre la Agencia Tributaria autonómica y la DGT. Primero, es imperativo cumplir con las obligaciones fiscales. En España, la compraventa de vehículos entre particulares está sujeta al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), el cual varía según la comunidad autónoma y la antigüedad o potencia del vehículo.
Una vez liquidado el impuesto (normalmente mediante el modelo 620 o 621), el sistema de la DGT permite realizar el cambio de titularidad. Es vital recordar que si el vehículo tiene alguna carga, embargo o precinto, la DGT denegará la transferencia hasta que se levanten dichas trabas legales. Por ello, siempre se recomienda solicitar un 'Informe de Vehículo' antes de cerrar cualquier trato.
Pasos prácticos para realizar la transferencia
Sigue este procedimiento paso a paso para asegurar que el trámite sea exitoso y sin complicaciones:
- Verificación legal: Solicita un informe de antecedentes del vehículo en la DGT para comprobar que no tiene embargos, precintos o impuestos pendientes.
- Contrato de compraventa: Redacta y firma un contrato por duplicado donde consten los datos de ambas partes, el precio, la fecha y la hora exacta de entrega del vehículo.
- Pago de tasas: Abona la tasa correspondiente de la DGT (Tasa 1.5) a través de su sede electrónica o en una oficina de correos.
- Liquidación del ITP: Presenta el modelo 620/621 en la oficina de Hacienda de tu Comunidad Autónoma. Puedes hacerlo online en la mayoría de los casos.
- Solicitud en la DGT: Con el justificante del impuesto pagado y la tasa abonada, solicita el cambio de titularidad a través de la sede electrónica de la DGT con certificado digital o pide cita previa en una Jefatura Provincial.
- Obtención del permiso: Una vez procesado, recibirás el nuevo Permiso de Circulación a nombre del nuevo titular.
Errores comunes a evitar
Uno de los errores más frecuentes es olvidar comprobar el estado del vehículo antes de realizar el pago. Comprar un coche con 'cargas' es un problema habitual que impide completar la transferencia. Otro fallo recurrente es no liquidar el Impuesto de Circulación (IVTM) del año anterior; la DGT no permitirá el cambio si el vehículo tiene recibos pendientes de este impuesto municipal.
También es un error común no guardar copia del contrato de compraventa. Este documento es la única prueba válida en caso de vicios ocultos o reclamaciones posteriores. Finalmente, recuerda que tienes un plazo máximo de 30 días naturales desde la firma del contrato para completar la transferencia; superado este tiempo, podrías enfrentarte a sanciones administrativas.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para hacer la transferencia?expand_more
Tienes un plazo máximo de 30 días naturales desde la fecha que figura en el contrato de compraventa.
¿Es obligatorio contratar a una gestoría?expand_more
No, puedes realizar el trámite personalmente a través de la sede electrónica de la DGT o en una Jefatura Provincial.
¿Qué pasa si el vehículo tiene multas pendientes?expand_more
Las multas son personales del conductor, pero si el vehículo tiene impuestos municipales (IVTM) impagados, no podrás transferirlo.
¿Dónde se paga el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales?expand_more
Se paga en la oficina de la Agencia Tributaria de la Comunidad Autónoma donde resida el comprador.
¿Puedo transferir un coche sin ITV en vigor?expand_more
Sí, puedes transferirlo, pero el nuevo permiso de circulación no se entregará hasta que el vehículo pase la ITV.
Fuentes oficiales consultadas
- DGT Sede Electrónica — Normativa y Trámites Oficiales de Tráfico
- Real Decreto 818/2009 — Reglamento General de Conductores (BOE)
Revisado por Manuel García (Profesor de Formación Vial DGT) · Actualizado: julio 2026