Carnet de conducir en 2027: qué cambia con la nueva directiva europea (17 años, carnet en el móvil y noveles)
Resumen rápido (TL;DR): La Directiva (UE) 2025/2205, de 22 de octubre de 2025, renueva las normas europeas del permiso de conducción. Permite sacar el permiso B a los 17 años con conducción acompañada hasta los 18, hará del permiso en el móvil el formato por defecto, pide un periodo de prueba de al menos dos años para los conductores noveles y fija una validez de 15 años para el permiso B. En España nada de esto se aplica todavía: el plazo para incorporarla a la ley española termina el 26 de noviembre de 2028. En 2027 llegan dos hitos: el 3 de noviembre los Estados deben enviar a la Comisión los datos de sus autoridades del permiso móvil, y el 26 de noviembre vence el plazo para que el permiso B con dos años de antigüedad permita conducir vehículos de combustibles alternativos de hasta 4.250 kg.
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¿Qué es la nueva directiva europea del carnet de conducir?
Es la Directiva (UE) 2025/2205 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2025, sobre el permiso de conducción. Sustituye a la Directiva 2006/126/CE, que queda derogada con efecto a partir del 26 de noviembre de 2029, y fija las reglas comunes que todos los países de la Unión deben aplicar a sus permisos: edades mínimas, categorías, validez, reconocimiento médico, conductores noveles y permisos digitales.
Una directiva no se aplica directamente a los ciudadanos: cada Estado tiene que incorporarla a su propia ley. España debe adoptar y publicar esas normas a más tardar el 26 de noviembre de 2028, y algunas disposiciones concretas antes, el 26 de noviembre de 2027. La DGT ya ha creado un grupo de trabajo sobre la conducción acompañada.
¿Podré sacarme el carnet de conducir a los 17 años en España?
Todavía no. Hoy la edad mínima para el permiso B en España es de 18 años, según el artículo 4 del Reglamento General de Conductores, y seguirá siéndolo hasta que España incorpore la directiva.
Cuando lo haga, los jóvenes de 17 años podrán obtener el permiso B con el código europeo 98.02. Hasta cumplir los 18, solo podrán conducir acompañados de una persona sentada en el asiento del copiloto que sea capaz de darles indicaciones. Según la información publicada por la DGT sobre el artículo 17 de la directiva, el acompañante debe cumplir estas condiciones:
- Respetar las normas sobre alcohol y drogas al volante.
- Tener al menos 24 años, o un permiso de la categoría correspondiente obtenido más de cinco años antes de empezar a acompañar.
- No haber tenido retirado ni suspendido el derecho a conducir en los últimos cinco años.
Cada país puede exigir que los acompañantes se identifiquen, limitar cuántos puede tener cada conductor y añadir otras condiciones. La DGT ha explicado que el modelo de formación no cambia: para sacar el carnet a los 17 habrá que aprobar el mismo examen teórico y el mismo práctico.
| Hoy en España | Con la directiva traspuesta | |
|---|---|---|
| Edad mínima del permiso B | 18 años | 17 años, con código 98.02 |
| Conducir antes de los 18 | No | Solo acompañado |
| Fecha límite para España | — | 26 de noviembre de 2028 |
¿Qué es el permiso de conducción en el móvil y cuándo llega?
Es una versión digital del permiso, con la misma validez que la de plástico en toda la Unión. La directiva establece que el permiso físico y el móvil expedidos a una misma persona son equivalentes en derechos, condiciones y validez, y que el permiso móvil será el formato por defecto 54 meses después de la adopción del primer acto de ejecución sobre permisos móviles. Quien lo prefiera podrá seguir pidiendo el permiso de plástico, o los dos formatos a la vez.
El 13 de octubre de 2026, la Comisión Europea aprobó el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/2266, con las disposiciones detalladas para los permisos de conducción móviles. Ese reglamento obliga a los Estados a enviar a la Comisión, a más tardar el 3 de noviembre de 2027, la información sobre las autoridades que expedirán los permisos móviles.
En España ya puedes llevar tu permiso en la app miDGT, pero esa versión solo es válida dentro del país. El permiso móvil europeo es otra cosa: será reconocido en todos los Estados miembros.
¿Qué cambia para los conductores noveles?
La directiva pide que los conductores que obtienen su primer permiso tengan un periodo de prueba de al menos dos años, con normas o sanciones más estrictas por conducir bajo los efectos del alcohol. Cada país decide cómo aplicarlo y puede añadir otras medidas, como un segundo periodo de prueba al obtener una nueva categoría.
España ya trata de forma distinta a los conductores noveles, así que el cambio dependerá de cómo se haga la transposición. Hasta que se apruebe la norma española, siguen vigentes las reglas actuales para noveles.
¿Cuánto durará el carnet de conducir con la nueva norma?
Con la directiva, los permisos de las categorías AM, A1, A2, A, B1, B y BE tendrán una validez administrativa de 15 años, y los de las categorías C y D, de 5 años. Los países podrán fijar 10 años en lugar de 15 si el permiso también sirve como documento de identificación, y podrán acortar la validez a partir de los 65 años para exigir reconocimientos médicos más frecuentes.
Hoy en España el permiso B vale 10 años hasta los 65 y 5 años a partir de esa edad, según el artículo 12 del Reglamento General de Conductores. Hasta que España incorpore la directiva, cada renovación se sigue haciendo con estos plazos.
| Permiso B | Hoy en España | Directiva (UE) 2025/2205 |
|---|---|---|
| Validez general | 10 años | 15 años (o 10 si el permiso sirve de documento de identidad) |
| A partir de los 65 años | 5 años | Los países pueden acortarla |
¿Hará falta reconocimiento médico para renovar?
La directiva deja margen a cada país. Los Estados pueden exigir un reconocimiento médico o, en su lugar, una autoevaluación por escrito o por vía telemática al expedir o renovar algunos permisos. El texto considera muy deseable que haya reconocimiento médico al menos al expedir el primer permiso.
En España, hoy, para obtener o renovar el permiso hace falta el informe de aptitud psicofísica de un Centro de Reconocimiento de Conductores. Cualquier cambio en ese sistema tendrá que aprobarse con la transposición.
¿Qué cambia en 2027 y qué no?
Salvo que España adelante la transposición, en 2027 no cambian ni la edad mínima ni la validez del permiso, y no consta ningún cambio en el examen. Estos son los hitos con fecha:
| Fecha | Qué ocurre |
|---|---|
| 22 de octubre de 2025 | Se aprueba la Directiva (UE) 2025/2205 |
| 13 de octubre de 2026 | La Comisión aprueba el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/2266 sobre permisos móviles |
| 3 de noviembre de 2027 | Los Estados envían a la Comisión los datos de sus autoridades del permiso móvil |
| 26 de noviembre de 2027 | Fin del plazo para la equivalencia del permiso B y BE con vehículos de combustibles alternativos |
| 26 de noviembre de 2028 | Fin del plazo para incorporar el resto de la directiva |
| 26 de noviembre de 2029 | Queda derogada la Directiva 2006/126/CE |
La equivalencia que debe aplicarse antes del 26 de noviembre de 2027. Dos años después de obtener el permiso B, este servirá en toda la Unión para conducir automóviles impulsados total o parcialmente por combustibles alternativos, incluidos vehículos de emergencia como ambulancias o de bomberos, con una masa máxima autorizada de más de 3.500 kg y hasta 4.250 kg. Las autocaravanas quedan fuera. En España ya existe una regla parecida, pero más limitada: el permiso B con más de dos años permite conducir, solo dentro del territorio nacional, vehículos de mercancías de combustibles alternativos de hasta 4.250 kg sin remolque.
Conclusión
La Directiva (UE) 2025/2205 traerá el carnet B a los 17 con acompañante, el permiso en el móvil como formato por defecto, un periodo de prueba de al menos dos años para noveles y una validez de 15 años para el permiso B. En España todavía no ha cambiado nada: el plazo para incorporarla termina el 26 de noviembre de 2028, y en 2027 solo llegan dos hitos concretos, los datos del permiso móvil y la equivalencia para vehículos de combustibles alternativos. Si vas a sacarte el carnet ahora, las reglas son las de siempre: 18 años, examen teórico y examen práctico.
Preguntas frecuentes
¿A qué edad se puede sacar el carnet de conducir en España?
A los 18 años para el permiso B. La directiva europea permitirá sacarlo a los 17 con conducción acompañada hasta los 18, pero solo cuando España la incorpore a su ley, como muy tarde el 26 de noviembre de 2028.
¿Se podrá conducir a los 17 años en 2027?
No, salvo que España adelante la transposición de la Directiva (UE) 2025/2205. A 21 de octubre de 2026 no se ha aprobado la norma española.
¿Quién puede ser acompañante de un conductor de 17 años?
Una persona que respete las normas de alcohol y drogas, que tenga al menos 24 años o un permiso de esa categoría obtenido hace más de cinco años, y que no haya tenido retirado ni suspendido el derecho a conducir en los últimos cinco años. Cada país puede añadir condiciones.
¿El carnet de conducir será digital?
Sí. La directiva hace del permiso móvil el formato por defecto 54 meses después del primer acto de ejecución sobre permisos móviles, aunque se podrá seguir pidiendo el de plástico. La Comisión aprobó el reglamento de ejecución el 13 de octubre de 2026.
¿Cada cuánto habrá que renovar el carnet B con la nueva norma?
La directiva fija 15 años de validez para el permiso B, o 10 si el permiso sirve como documento de identidad, y permite acortarla a partir de los 65 años. Hasta la transposición, en España sigue siendo de 10 años hasta los 65 y de 5 años desde esa edad.
¿Cambia el examen teórico por la directiva?
No de inmediato. La DGT ha explicado que el modelo de formación no cambia, y el examen teórico sigue con 30 preguntas, 30 minutos y un máximo de 3 fallos.
Fuentes consultadas
- Directiva (UE) 2025/2205, de 22 de octubre de 2025, sobre el permiso de conducción — BOE (DOUE)
- Directiva (UE) 2025/2205 — EUR-Lex
- Reglamento de Ejecución (UE) 2026/2266, de 13 de octubre de 2026, sobre permisos de conducción móviles — BOE (DOUE)
- Conducción acompañada: con carnet desde los 17 (Revista Tráfico y Seguridad Vial, 2026) — DGT
- Real Decreto 818/2009, Reglamento General de Conductores (artículos 4 y 12) — BOE
- Ya se puede llevar el permiso de conducir en el móvil — Dirección General de Tráfico